SUPUESTO NR 2 PRIMERA CLASE DE REPASO

La interna Clotilde, de 19 años de edad, ingresa en el establecimiento penitenciario de Madrid X por mandamiento de prisión del Juzgado de Instrucción nº32 de Madrid en calidad de presa comunicada. Clotilde llama a sus padres al momento de ingresar para indicarles su paradero tras rellenar la solicitud de ayuda asistencial que está indicada para tal fin, corriendo la administración penitenciaria con los gastos de la misma. Clotilde, a los tres meses de ingresar, ha sido ya objeto de cinco expedientes disciplinarios: dos por agresiones leves a otras internas, uno por posesión de hachís en gran cantidad, uno por amenazas a un funcionario y el último por posesión de un pincho (cuchillo carcelario) El educador del módulo 10, donde reside Clotilde, le informa a ésta que su nombre está en el orden del día de la reunión de la Junta de Tratamiento para proponer su traslado a un establecimiento de régimen cerrado.

Finalmente, tal y como preveía el Educador, es propuesta por la Junta de Tratamiento para ser trasladada a un establecimiento de régimen cerrado. Clotilde es trasladada al Centro Penitenciario Cuenca III de régimen cerrado donde es reclamada por el J.Penal nº 3 de Madrid para la asistencia a juicio. Clotilde es trasladada al establecimiento penitenciario Madrid XI, centro polivalente donde existe un módulo de régimen cerrado y desde el que asiste a la sede judicial. Una vez finalizada la asistencia a juicio Clotilde vuelve al Centro Penitenciario Cuenca III donde le es revisada a la semana de llegar y por primera vez la aplicación del régimen cerrado y su modalidad. La Junta de tratamiento acuerda la continuidad de Clotilde en régimen cerrado y en la misma modalidad con el voto en contra del Educador y el Jurista.