SUPUESTO Nº 8. CLASE EVALUACIÓN. TEMAS 18 Y 19. DERECHO PENITENCIARIO.

El funcionario XXX, destinado en el Centro Penitenciario Murcia II, y con NRP 60738, el 2 de octubre de 2017 está prestando servicio en el rastrillo interior que da al polideportivo del Centro Penitenciario, cuando el interno Pedro Pablo León Jaramillo se dispone a pasar por el mismo. El funcionario no le permite el paso y le exige una orden escrita del Jefe de Servicios. El interno le manifiesta que se la ha dejado en la Jefatura, que se acerca a recogerla y vuelve en un momento. Efectivamente, lo que dice el interno es cierto, ya que a los pocos minutos está de vuelta con la orden escrita y firmada por el Jefe de Servicios, donde dice que el interno en cuestión tiene autorización para dirigirse a los aseos del polideportivo y proceder a su limpieza.

El funcionario comprueba exhaustivamente la orden y procede a darle paso. Cuál es la sorpresa del funcionario que observa que el interno permanece en el mismo rastrillo, a lo que le ordena que debe salir o entrar, pero no puede quedarse en el mismo rastrillo. El interno finalmente sale hacia el polideportivo para realizar la labor que tiene encomendada.

El funcionario XXX, al día siguiente presta servicio en la oficina de identificación , sitio que no ha estado nunca de servicio, por lo que todo ese día es nuevo para él. Una de las novedades es que en la fórmula del dedo corazón de un interno que acaba de ingresar, viene codificado con una «S».

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