SUPUESTO Nº 7. CLASE EVALUACIÓN. TEMAS 9, 10 Y 14. DERECHO PENITENCIARIO.

Pedro Pablo León Jaramillo fue condenado por un delito de hurto. Tras una trayectoria penitenciaria excelente, es clasificado en tercer grado con aplicación del artículo 82.1 del Reglamento Penitenciario. Se encuentra interno en el Centro Penitenciario Murcia I, a pesar de ser de Segovia. El 22 de octubre de 2016 disfruta de una salida de fin de semana pero no reingresa cuando debe. Tres meses más tarde reingresa voluntariamente en el Centro Penitenciario Murcia II, alegando que pensaba que le habían dado la libertad definitiva, hasta que su abogado lo llamó para informarle que tenía que haber reingresado, e inmediatamente fue lo que hizo.

Tras el reingreso, se le clasifica en segundo grado de tratamiento. Pedro Pablo, enfadado por pensar que los funcionarios no habían creído su historia, intenta fugarse violentamente aprovechando una salida al hospital. Por este hecho se le traslada a un establecimiento de régimen cerrado, donde se le clasifica en primer grado de tratamiento.

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