SUPUESTO Nº 2 TEMA 1 PENITENCIARIO

María Luisa Muñoz Díaz es una ciudadana española perteneciente a la  comunidad  gitana nacida en 1956 y residente en Madrid.

En noviembre de 1971 se casó con M. D., también miembro de la comunidad gitana, mediante una boda según el rito gitano. Tuvieron seis hijos que se registraron en el Libro de familia expedido por las autoridades españolas. En 1986 se les concedió EL estatus de familia numerosa.

M. D. falleció el 24 de diciembre del año 2000. Había trabajado como constructor cotizando a la Seguridad Social durante más de 19 años. La Sra. Muñoz solicitó la pensión de viudedad, pero la Seguridad Social se la denegó basándose en el hecho de que su matrimonio no estaba registrado en el Registro Civil. La solicitante apeló al Tribunal Laboral, que el 30 de mayo  de 2002, le reconoció el derecho a la pensión de viudedad. Tras una apelación de la parte contraria, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló esa sentencia basándose en que la pareja no se había casado de acuerdo con la ley vigente sino en una forma que no tenía efectos civiles.

La solicitante presentó recurso de amparo que fue rechazado por el Tribunal Constitucional, el cual dictaminó que la Sra. Muñoz Díaz y M.D. habían decidido no casarse de acuerdo con las fórmulas reconocidas por la ley y que están a disposición de cualquiera con independencia de su origen étnico.

El 29 de octubre de 2007, la Sra. Muñoz presentó una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos alegando que la denegación de la pensión de viudedad, por parte del  Estado Español, basada en que su matrimonio no tenía efectos civiles, contravenía el principio de no discriminación garantizado por el artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Finalmente, el Tribunal dictaminó, por seis votos (entre los que se encuentra el de un juez español) a uno, que se había violado el artículo 14 del Convenio, reconociendo el derecho a percibir la pensión de viudedad con carácter retroactivo y estableciendo la correspondiente compensación económica.