SUPUESTO Nº 5. CLASE EVALUACIÓN. TEMAS 16 Y 17. OEAP.

El día 22 de diciembre de 2016 la Sra. Raquel Cánovas quería entrar en la sala de baile «La Alborada», situada en la calle del Cachorro en Madrid. Los empleados de la compañía le negaron el acceso, sin que en ningún momento conociera los motivos de esta decisión. Ante esta situación la Sra. Raquel se dirigió a unos agentes de la autoridad para formular una denuncia contra tal actuación. Los agentes se dirigieron a la sala de baile para verificar las declaraciones de la denunciante. Durante la inspección que los agentes realizaron se detecta un exceso de aforo en el local que podría comportar riesgo para la seguridad de las personas.

En relación a la denuncia de la Sra. Raquel Cánovas, el órgano competente le notifica la no iniciación del procedimiento al considerar que no habían pruebas suficientes que demostraran la existencia de una infracción.

Por lo que respecta al exceso de aforo, se tramita un procedimiento sancionador. Este se inicia el 15 de enero de 2017 y se notifica al interesado el 7 de marzo de 2017. El procedimiento acaba con una sanción del órgano competente por falta muy grave, consistente en una multa de 20.000 euros y el cierre provisional por un periodo de diez meses. Esta sanción se notifica el 25 de julio de 2017, notificación en la que sólo se recoge la calificación jurídica de la infracción cometida y la sanción que corresponde a la misma.

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