SUPUESTO Nº 10. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO.

El 21 de junio de 2016 la policía nacional efectuó varias actuaciones en el centro de Madrid, debido a determinados altercados producidos como consecuencia del enfrentamiento con armas blancas entre dos bandas callejeras. Como consecuencia de estos altercados, diversas personas resultaron detenidas debido a que algunos de ellos presentaban heridas de distinta consideración que hicieron necesario el traslado al hospital.

En el caso de P.H.G fue puesto en libertad tras haber estado detenido preventivamente durante 75 horas, en tanto que C.M.S y dos personas más fueron puestos a disposición judicial a las 24 horas.

Una vez en prisión, el subdirector de seguridad decide acordar la incomunicación de los detenidos, puesto que entiende que puede haber peligro para la instrucción de la causa ademas de ser un elemento perturbador del régimen ordinario, denegando todas las peticiones de los presos para ver o comunicar cualquier manera con sus familias y abogados, afirmando que se trata de una medida cautelar admitida por la normativa penitenciaria.

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