SUPUESTO Nº 2. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

El instructor de la Comisión Disciplinaria del CP de Picassent abrió expediente sancionador contra el interno Juan F.L. por hechos ocurridos el 13 de mayo de 2017, día en que el interno se dirigió a los funcionarios diciéndoles » no me gusta como hacéis vuestro trabajo, yo lo haría infinitamente mejor, además, os queda falta el uniforme». El instructor, tras realizar las averiguaciones pertinentes, propuso en la propuesta de resolución el sobreseimiento del referido expediente, por entender que no había responsabilidad disciplinaria en los mencionados hechos.

No obstante lo anterior, la Comisión Disciplinaria entendió que tales hechos no podrían quedar exentos de sanción e impuso al mencionado interno, por acuerdo de fecha 27 de julio de 2017 la sanción de privación de paseos y actos recreativos comunes de 15 días de duración por la comisión de una infracción grave del artículo 109 a) del Reglamento Penitenciario aprobado por RD 1201/1981 de 8 de mayo.

El interno formuló recurso contra la referida sanción. Responda a las siguientes cuestiones:

SUPUESTO Nº 1. CLASE EVALUACIÓN. TEMA 8 PENAL Y 16 DERECHO PENITENCIARIO..

Publicado el 6/08/2020, en

La Comisión Disciplinaria del CP Albolote abrió expediente sancionador contra el interno Antonio S.L por hechos ocurridos el 21 de abril 2017, día en que el interno desobedeció las órdenes recibidas de los funcionarios y le fue encontrado un pincho durante una requisa de su celda. El instructor calificó los hechos como constitutivo de dos faltas graves, recogidas en los artículos 109 letras b) y f), respectivamente, del Reglamento Disciplinario aprobado por el RD 1201/1981, recogiendo para tales hechos en la propuesta de resolución sendas sanciones de privación de paseos y actos recreativos comunes de 30 días de duración cada uno de ellas.

La Comisión impuso el mencionado interno, por acuerdo de fecha el 7 de julio de 2017 la sanción de privación y actos recreativos comunes de 25 días de duración por la comisión de una infracción grave del artículo 109 b) y la sanción de 5 días de aislamiento en celda por la comisión de una infracción grave del artículo 109 f) del RD 1201/1981 de 8 de mayo, por hechos ocurridos el 21 de abril de 2017.

Si el interno formuló recurso contra la referida sanción. Responda a las siguientes cuestiones:

PSICOTÉCNICOS – Pletinas 2.

Publicado el 3/08/2020, en

¿Cuál de las piezas ( A, B, C o D ) es la única que ENCAJA con los orificios de la pletina de la izquierda?

PSICOTÉCNICOS – 2019 CNP. ESCALA BÁSICA – Ejercicio número 3 (Cálculo matemático).

Publicado el 29/07/2020, en

INSTRUCCIONES

A partir de este momento dispone de 15 minutos. Lea las instrucciones y COMIENCE A CONTESTAR. El ejercicio tiene 25 preguntas. Trabaje con rapidez. Los errores penalizan.

En cada pregunta se le pide que halle el valor de una letra. Para poder responder tendrá que sustituir las letras que aparecen en el interior del cuadro por valores numéricos (del 1 al 9). Estos valores numéricos pueden variar en cada pregunta. Los números que aparecen en la parte derecha e inferior del exterior del cuadro corresponden a la suma de los valores numéricos de las letras.

EJEMPLO:

El valor de “B” es:

En el cuadro del ejemplo, en su parte inferior izquierda aparece un 5 que proviene de sumar los valores numéricos que sustituye a la letra “C” y a las dos letras “A”, es decir C=3, A=1 y A=l. El valor de la segunda columna aparece un 7, que proviene de sumar los valores numéricos de C+B+B, (3+2+2), es decir B=2. El valor 5 de la última columna de la derecha proviene de sustituir las letras de esa columna por sus valores números B+B+A, es decir (2+2+1).

Este mismo proceso se tiene que realizar para comprobar los valores de las filas.

Por tanto, la respuesta correcta es “a)” porque B = 2 y es un número par, menor de 4.

PSICOTÉCNICOS – 2019 CNP. ESCALA BÁSICA – Ejercicio número 2 (Comprensión lectora).

Publicado el 29/07/2020, en

A partir de este momento dispone de 12 minutos. El ejercicio tiene 35 preguntas con tres alternativas. Trabaje con rapidez. Los errores penalizan.

La información que se facilita corresponde a una competición de tiro entre cuerpos policiales, puntuaciones obtenidas, armas utilizadas, puestos alcanzados, edades, así como su lugar de procedencia. Lea la información que aparece a continuación, rellene la tabla que aparece en la parte inferior de la hoja y responda a las preguntas que se plantean.

INFORMACIÓN

  • El agente de la Policía Autonómica tiene una pistola Walther PPQ y no viene de Sevilla.
  • El agente de la Guardia Civil que viene de Murcia no tiene una pistola SIG-SAUER P226, y tiene 32 años.
  • El agente de la Policía Nacional tiene cinco añps menos que el agente de la Guardia Civil y tiene una pistola SIG-SAUER P226.
  • El participante de treinta años tiene una pistola Glock 26 y obtuvo una puntuación de 135 puntos.
  • Sabemos que el participante que quedó en último lugar obtuvo 45 puntos menos que el primero, el del segundo puesto obtuvo 20 puntos más que el tercero, y éste 35 menos que el primero, y el primero ganó con 150 puntos y tiene 27 años.
  • El agente que viene de Pamplona tiene una pistola Walther PPQ.
  • El participante que se llevó el primer premio viene de Madrid.
  • El agente que quedó en cuarto lugar, tiene 25 años y viene de Pamplona, y el que quedó en tercer lugar no es el agente de la Policía Local ni tiene 25 años.
  • El agente que quedó clasificado en segundo lugar, no es policía autonómico y no tiene 32 años ni 25 años. 
  • El agente que tiene una pistola Smith and Wesson 5903 no es de Madrid, y tiene dos años más que el agente que tiene una Glock 26.

TABLA

CUERPO ARMA PROCEDENCIA EDAD PUNTOS POSICIÓN
Pol. Autonómica          
G. Civil          
Pol. Nacional          
Pol. Local          

SUPUESTO Nº 10. CLASE EVALUACIÓN. TEMAS 6 Y 7. DERECHO PENAL..

Publicado el 25/07/2020, en

El 15 de agosto de 2015, Javier Mariano G.M., mayor de edad y con nacionalidad española contactó a través de la red social «quieronoviaperoya» con Luján R.M. de 15 años de edad y de nacionalidad colombiana.

Javier Mariano y Luján tuvieron varias conversaciones, primero en la red social y más tarde vía whatsapp, en fechas no determinadas de septiembre y octubre, Javier Mariano propuso a Luján quedar una tarde a tomar una coca cola a lo que ella se negó, confesándole que tenía 15 años de edad y que prefería dejar las cosas como estaban y tener contacto sólo por teléfono.

A mediados del mes de noviembre, Javier Mariano pidió a Luján que le enviase un vídeo en el que apareciese desnuda, a lo que ella se negó inicialmente. Como quería Javier Mariano insistió y prometió a Luján que el vídeo sería para su exclusivo uso y disfrute puesto que se había enamorado de ella y tenia muchas ganas de saber como era, ella accedió, enviándole el 25 de septiembre un vídeo en el que sale desnuda, realizándose distintos tocamientos de índole sexual.

Conteste las siguientes preguntas:

SUPUESTO Nº 9. CLASE EVALUACIÓN. TEMAS 6 Y 7. DERECHO PENAL..

Publicado el 25/07/2020, en

Manuel como alcalde-presidente del Ayuntamiento de Alicante , con el propósito de que su hija Aurora se beneficiara de la obtención de una beca y contratación (concedida en el marco del Plan de Empleo para jóvenes 2016-2017, subvencionada por la Consejería de Economía de la Comunidad Valenciana), para la realización de prácticas no laborales durante 6 meses en el ayuntamiento referido, con compromisos de contratación como trabajadora de dicho ayuntamiento durante 6 meses, dictó la resolución de fecha de 26 de agosto de 2015, en el que resuelve: » solicitar al Servicio Público de Empleo de la Comunidad Valenciana un ingeniero técnico con la especialidad en forestal», título que poseía su hija Aurora; no justificándose la necesidad de una concreta titulación de ingeniero técnico con la especialidad de forestal: resolución que fue declarada nula por la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Alicante, confirmada por sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Dentro del proceso de selección, solamente concurrió como candidata la hija del alcalde, Aurora siendo propuesta el 25 de septiembre de 2015 por el Tribunal de Selección percibiendo Aurora una beca mensual de 426 euros y firmando contrato de trabajo con el Ayuntamiento de Alicante. como ingeniero forestal, el 31 de marzo de marzo de 2016.

Conteste las siguientes preguntas:

SUPUESTO Nº 8. CLASE EVALUACIÓN. TEMAS 6 Y 7. DERECHO PENAL..

Publicado el 23/07/2020, en

Cristobal, mayor de edad y sin antecedentes penales, de ignorada solvencia, trabajaba para una empresa pública en la que entre otras funciones, era responsable del control y verificación del buen uso de la flota de vehículos oficiales y de las tarjetas de crédito asociadas a los mismos y que resultaban aptas para repostar combustible para los desplazamientos oficiales, no para efectuar adquisiciones y/o compras en tiendas o establecimientos, ni tampoco para abonar el importe de los peajes, ni el combustible gastado en desplazamientos de carácter privado.

Cristobal aprovechó su posición y cargo para, de un lado, aparentar llevar a cabo el mantenimiento y reparación de la motocicleta Honda Scoopy 125 a la floto oficial, para en realidad arreglar una Harley Davidon de su titularidad particular y cargar los importes respectos a la agencia pública, cuyo monto y perjuicio total ascendió a 4.594,23 euros.

De otro lado el Sr. Cristobal, aprovechó la coyuntura descrita para hacer uso de tarjetas de crédito Solred vinculadas a vehículos cuya titularidad era de ACA aptas para el suministro de combustible, pero siempre relacionadas con el desempeño de sus funciones laborales, para hacer uso personal de las mismas aplicado al pago de combustible, peajes varios y compras en tiendas que le permitían obtener un beneficio económico y particular, en perjuicio del ente público. En concreto, durante los referidos años, el acusado hizo uso indebido de las siguientes tarjetas Solred en cuantía superior a 9.000 euros.

Los cargos efectuados los hacía en gran parte en los días de fiesta, fines de semana y horarios no sujetos a control de acceso y salida del centro de trabajo, y en peajes de tramos de autopista situados en el trayecto Salou-Barcelona, población esta última en la que el investigado tiene en propiedad un apartamento.

Conteste las siguientes preguntas: